Así quedó la actualización catastral y la liquidación del impuesto predial en Medellí. El proceso catastral en Medellín arrancó desde junio del 2024 y tuvo como finalidad recorrer las comunas 11-Laureles, 12 -La América, 14 -El Poblado y el corregimiento de Santa Elena para actualizar la base de datos de cada uno de los predios en dichas comunas. Esta actualización catastral es normativa, de obligatorio cumplimiento y dentro del catastro multipropósito es fundamental para garantizar una gestión territorial eficiente y ordenada que va de la mano con las transformaciones urbanas, jurídicas y económicas de la ciudad.

Es así como, el censo inicial permitió reconocer los cambios físicos de los predios de las comunas. La actualización sirvió de insumo para calcular el avalúo catastral por medido de técnicas masivas.

Al respecto, el secretario de Gestión y Control Territorial, Juan Manuel Velásquez, explicó que “esta actualización se realizó en las comunas El Poblado, Laureles, La América y el corregimiento de Santa Elena. Se tuvieron en cuenta los aspectos físicos, jurídicos y económicos. La información es tomada por la Secretaría de Hacienda para la facturación del impuesto predial en el año 2025. Invitamos a los ciudadanos que tengan alguna inquietud con este proceso, a realizar su solicitudes en el Distrito de Medellín”.

Cabe resaltar que para las comunas y corregimientos que no fueron objeto de esta actualización, se efectuó un reajuste en los avalúos catastrales, aplicando un incremento del 3 % conforme al Decreto 1609 del 27 de diciembre de 2024 del Departamento Nacional de Planeación, y adoptado bajo la resolución número 7935 del 27 de diciembre de 2024, expedida por la Alcaldía de Medellín.  El siguiente es el calendario tributario de Medellín para la vigencia 2025 que contempla los plazos para el pago del impuesto predial unificado para los inmuebles administrados bajo la figura de patrimonio autónomo, así:

La liquidación y facturación se efectuará en un segundo ciclo, la primera semana de febrero de 2025. Por este motivo, para el primer trimestre se estableció una única fecha de pago, sin generación de intereses moratorios. Los propietarios o poseedores podrán presentar en cualquier momento, solicitud de revisión del avalúo catastral cuando consideren que el valor no se ajusta a las características y condiciones del predio, para ello deberán presentar pruebas que justifiquen su solicitud. La Subsecretaría de Catastro resolverá dicha solicitud dentro de los tres meses siguientes a la radicación.

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